De salir adelante, la Junta de Andalucía asumiría las competencias que el Estado delegó en asociaciones, según la ley de memoria de 2007
“Establecer el régimen jurídico de las tareas de recuperación de la memoria democrática de Andalucía con el fin de garantizar y divulgar su conocimiento, satisfaciendo el derecho de la sociedad a conocer la verdad de los hechos acaecidos durante la Guerra Civil, la dictadura franquista y la transición a la democracia, así como las circunstancias en que, durante estos períodos, se produjeron desapariciones de personas y se cometieron vulneraciones de los derechos humanos”. Con esta finalidad, el pasado 11 de Marzo IU entregó en el parlamento de Andalucía la “Proposición de ley para la recuperación de la memoria democrática en Andalucía”, proposición que será debatida en el pleno del 13 de Abril para su admisión a trámite como ley.
La propuesta pretende suplir las carencias la vigente Ley de Memoria Histórica, de ámbito nacional, pero negociada en 2007 con el actual gobierno del PSOE desde una posición débil, si nos atenemos a la actual composición del Congreso.
La llamada Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, ha sido del todo insuficiente para asociaciones de Memoria Histórica, descendientes de represaliados y otros muchos ciudadanos preocupados por informarse al respecto o sensibilizados con la recuperación de la Memoria Histórica. También para Amnistía Internacional o la ONU, cuyo Comité de Derechos Humanos ha llamado hasta tres veces la atención al gobierno español por no cumplir con la legislación internacional en esta materia.
Aún en 2009, ya aprobada la vigente ley de Memoria Histórica, Naciones Unidas mostró al actual gobierno su "preocupación por el mantenimiento en vigor de la Ley de Amnistía de 1977” y le advertía de que "los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles" y que las amnistías "relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el pacto", por lo que sigue pidiendo “la derogación de la ley de Amnistía” y "tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales".
La justicia española sigue siendo un caso excepcional a la hora de dejar impunes los crímenes de una dictadura, la franquista, a pesar de haber firmado en 1992, junto a otras muchas naciones de la Asamblea General de la ONU, que “los Estados actuarán (…) para contribuir por todos los medios a prevenir y a eliminar las desapariciones forzosas”. Precisamente, en la exposición de motivos de la proposición de IU se cita como punto de partida el principio 2 (“el deber de la memoria”) de la Carta de Naciones Unidas: “preservar del olvido la memoria colectiva, principalmente para prevenir el desarrollo de tesis revisionistas y negacionistas...”. Se trata, entre otras cuestiones, de que la historia no se repita, como -por citar un ejemplo- en el caso de Turquía, su negado exterminio del pueblo armenio, y el reciente y silenciado genocidio de los kurdos.
Entrando a valorar las propuestas concretas de la proposición de ley “(...) fruto de un arduo trabajo de elaboración colectiva junto a un equipo multidisciplinar de gentes ligadas a los movimientos memorialistas de Andalucía (...)”, citando palabras de sus impulsores (IU LV-CA), hay que decir que garantiza el cumplimiento de la legislación internacional y puede suponer un ejemplo para otras comunidades autónomas, a la vez que para el gobierno central. De la misma manera, el protocolo de actuación de los diferentes Foros por la Memoria, aplicado desde hace años en muchas de las recuperaciones de fosas comunes, también ha sido un ejemplo para varios artículos de esta proposición.
En efecto, el protocolo de exhumaciones de esta asociación (a diferencia de otras) incluye la denuncia de los crímenes de lesa humanidad en los juzgados correspondientes (artículo 11) además de otros aspectos contemplados en la propuesta de ley, como el trabajo historiográfico previo y la necesidad de que equipos multidisciplinares se encargen de la tarea: arqueólogos, antropólogos forenses, etc. (artículo 21). Otra de las reivindicaciones menos escuchadas hasta ahora por los diferentes gobiernos, que sea el Estado (en este caso la Junta de Andalucía) el que garantice “el derecho [de la ciudadanía] al conocimiento de la verdad en las materias reguladas en esta ley” queda recogido en el artículo 2 y más específicamente en el artículo 10, al hablar de la exhumación de las fosas: “1. La administración pública andaluza procederá a la localización de las fosas comunes, así como a la identificación y, en su caso, a la exhumación de los restos humanos que contengan, atendiendo a un rigor científico (...)”.
Otras disposiciones van más allá de la ley nacional que regula la recuperación de la memoria en la actualidad, sin entrar en conflicto con ella y superándola en el reconocimiento de los derechos de las víctimas y de todos los ciudadanos a conocer la verdad. Así, la retirada de símbolos fascistas de los edificios públicos se extiende a los privados (artículo 48), siempre atendiendo a su relevancia patrimonial o histórica (artículo 49). Se creará un “Catálogo de Lugares de la Memoria Democrática”, también un “censo de víctimas” para conocer y difundir la magnitud de la represión contra el pueblo andaluz, y se introducirá la Memoria Democrática en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato.
Otros artículos novedosos incluyen la creación de varios órganos para el desarrollo de la Memoria Democrática, como un “Centro de Documentación e Interpretación de la Memoria Democrática de Andalucía”, a disposición de investigadores, quienes podrán “difundir la verdad de lo acontecido”. Se velará por el “acceso público de los archivos”, se establecerán “planes de resarcimiento y reconocimiento” a represaliados, se anularán “distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales”, se investigará “la desaparición de fondos documentales del Estado en Andalucía durante la Transición”, se castigarán judicialmente los actos de “apología del fascismo” y se excluirá de subvenciones a “entidades que organicen, programen o promuevan actividades relacionadas con la apología del fascismo”.
Por último, hay que destacar que se impulsarán medidas para “la restitución del patrimonio documental incautado por las fuerzas golpistas desde el 18 de Julio de 1936 en Andalucía” y otra de las cuestiones no resueltas por la ley estatal: se solicitará al Estado central “(...) la nulidad de todos los juicios a ciudadanos/as andaluces/as realizados por tribunales militares y/o civiles por causa de motivos políticos vinculados a la República, Guerra Civil o a la lucha en defensa de la democracia durante la dictadura o la transición (...)” (disposición adicional décima).
Presumiblemente, la Proposición de Ley, prioritaria para IU LV-CA, tendrá más opciones de salir adelante cuando cambie la composición del parlamento andaluz y en el caso de que el PP no obtenga la mayoría absoluta en las próximas elecciones andaluzas de 2012.
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