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miércoles, 18 de abril de 2012

Una prueba “falsa” provocó el archivo de un caso clave de robo de bebés

Fuente: Periodismo Humano

Un análisis independiente revela que los restos de hígado aportados por un médico a la Policía, y corroborados por el Instituto de Toxicología, no pertenecen en realidad a un recién nacido.

Los afectados piden al Juzgado la reapertura de la causa y la imputación de 15 personas presuntamente responsables de la sustracción de la niña en 1990.

Fue el primer caso de robo de bebés denunciado en España, y va camino de convertirse también en el más controvertido. La presunta sustracción de una niña de tres días en Granada en 1990, inicialmente dada por muerta, fue archivada por la jueza el pasado mes de noviembre en base a unos restos de hígado aportados por un médico a la Policía, y que el Instituto Nacional de Toxicología corroboró que pertenecían a la hija supuestamente fallecida de Eduardo Raya y Gloria Rodríguez. Sin embargo, un análisis anatómico independiente ha revelado que “no se trata de un hígado fetal o de recién nacido de muy pocos días”, poniendo así en entredicho una investigación ya cuestionada con anterioridad por otros exámenes genéticos. Ante la “falsedad absoluta” de la prueba, los afectados han pedido al Juzgado la reapertura de la causa y la imputación de 15 personas.

Es el penúltimo sobresalto de un drama que Eduardo y Gloria llevan ya viviendo más de veinte años. Entre las 1.500 denuncias presentadas en nuestro país por el robo masivo de bebés a partir de 1940, este caso de Granada es clave por varias razones. Fue pionero como denuncia particular (marzo de 2010) y, por su verosimilitud, fue muy pronto asumido por la Fiscalía. Los hechos ocurrieron en época muy reciente, en junio de 1990, y por tanto sus presuntos responsables están vivos. Además el cadáver, al haber sido exhumado por los familiares antes de iniciar la batalla judicial, acumula ya dos exámenes genéticos que negaron que ese cuerpo perteneciera a una hija del matrimonio. Luego la niña, tras haber sido dada supuestamente en adopción ilegal, podría seguir viva.

Sin embargo, las esperanzas de encontrarla y de que pagaran los culpables dieron al traste a finales del pasado año. La causa oficial del fallecimiento del bebé fue hepatitis, para lo cual se le practicó la correspondiente biopsia. La Policía Judicial se puso en contacto el pasado año con el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Clínico San Cecilio de Granada, donde, según cita el informe policial, se encontraron “casualmente” con el mismo médico que tomó las muestras de la menor en 1990. Los agentes le preguntaron por “la posibilidad de que quedasen depositados en algún lugar restos orgánicos” del bebé, y tras buscarlos se hallaron en el mismo hospital doce muestras de hígado y “tejido epitetial” de la recién nacida correctamente conservados, de los cuales se podría obtener el perfil genético.

Los padres no fueron informados en su día de que se hubieran tomado estas muestras. Por eso, en abril de 2011 Eduardo Raya presentó alegaciones en el Juzgado cuestionando la “milagrosa aparición” de estas muestras en “excelente estado de conservación” y denunciando que ese tejido epitetial se habría obtenido en todo caso de forma irregular, sin la correspondiente autorización de los padres ni la adecuada cadena de custodia. No obstante, los restos fueron enviados al Instituto Nacional de Toxicología, que en el mismo mes de abril dictaminó que Eduardo y Gloria eran los “padres biológicos de la recién nacida de la que proceden las muestras clínicas analizadas” con un índice de probabilidad del 99,99%. En base a ello, la jueza decretó en noviembre el archivo de la diligencias. Pero lo hizo de forma “provisional”, permitiendo así la reapertura en caso de que aparecieran nuevas evidencias. Como así está sucediendo.

Receloso de las conclusiones del Instituto de Toxicología, Eduardo Raya recuperó todo el material y los envió al laboratorio Tecnogen, quienes a su vez lo sometieron al examen de un experto externo “de reconocido prestigio internacional” de forma completamente anónima, a fin de asegurar la imparcialidad de su dictamen. Tras analizar las doce muestras, su conclusión fue que no resulta posible determinar la edad exacta del paciente en base al tejido y “únicamente puede afirmarse que no se trata de un hígado fetal o de recién nacido de muy pocos días”. Por tanto, no podría pertenecer a la hija de Eduardo y Gloria.

Por ello, el pasado 11 de abril, mediante escrito remitido al Juzgado de Instrucción número dos de Granada, los afectados solicitan la reapertura del caso y la continuación de la investigación, citando a declarar 15 personas en calidad de imputados y otras 14 como testigos. Según esta nueva denuncia, “no queda el menor género de duda” sobre que los restos encontrados no sólo “no pertenecen a una hija de los denunciantes”, sino que además “no pertenecen a ningún recién nacido de pocos días, lo que evidencia una falsedad absoluta por parte de quien los aporta” que ha llevado a la jueza a “valorar erróneamente la prueba”. “Pero resulta aún de mayor gravedad el hecho de que el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses informe sobre que dichos restos pertenecen a una hija de los denunciantes”, se afirma.

No es la primera vez que los análisis de laboratorios privados chocan con las conclusiones del Instituto de Toxicología en este caso. Al asumir la denuncia, la Fiscalía de Granada aportó como pruebas los análisis de ADN realizados por los laboratorios Tecnogen y Genómica en 2009, en los que se concluye que los “restos exhumados no pertenecen a una hija biológica de Gloria Rodríguez”. Sin embargo, en su examen de 2010, Toxicología concluye que estos restos (tres muestras de cabellos, una mancha sobre tela, hilos quirúrgicos y restos óseos) “no son adecuados para realizar un análisis genético”.

“Qué casualidad que encuentran ADN hasta de la época de los mamuts y no de mi hija”, exclama indignado Eduardo. Otro motivo de sospecha que se expresa en la denuncia es que Toxicología advierte que los restos no son adecuados para su análisis genético en su informe de 8 de junio, “mes y medio antes de que dicho Instituto recibiese las muestras”. A juicio de los denunciantes, ello “evidencia que el resultado ya estaba predeterminado por dicho organismo”.

“Toxicología deberá explicarnos ahora cómo unos restos hepáticos que no son de un recién nacido dicen que son de nuestra hija. También nos tendrán que decir por qué no logran obtener ADN de donde los laboratorios sí lo han conseguido. Y por último nos deben aclarar cómo emitieron informe el 8 de junio si no recibieron las muestras hasta mes y medio después. Demasiadas contradicciones”, resume Raya, quien asegura haber recibido ya en su despacho de abogado otras dos consultas de afectados por posible robo de bebés a quienes Toxicología también les contradice los análisis realizados por laboratorios privados.

Por otra parte, esta nueva denuncia aporta otros elementos para la investigación. Eduardo sospecha que, tras el parto, les dieron el “cambiazo” y la niña a la que le dejaron ver, gravemente enferma y con un corte en la mejilla cerrado con puntos de sutura, no era ya su hija, sino que pertenecía a otra madre a la que también le comunicaron su fallecimiento. Así, el escrito al Juzgado cita conversaciones mantenidas con el cirujano y el ayudante que practicaron la cesárea a Gloria, “los cuales confirmaron expresamente que a lo largo de su carrera profesional jamás habían dado un corte a un recién nacido en la mejilla”, y menos aún que haya necesitado sutura. Por eso, Eduardo y Gloria han hecho público un llamamiento a todas las familias y madres que alumbraran un bebé entre el 6 y el 9 de junio de 1990 en el Hospital Clínico de Granada y vieran que su recién nacido tenía una cicatriz en la cara, para que contacten con ellos en el teléfono 605891455.

En su escrito al Juzgado los denunciantes piden además que se efectúen registros en los hospitales granadinos para conseguir el historial clínico completo del embarazo y el parto, y que además se libren oficios al Obispado de Granada, a la Capellanía del Hospital Clínico y a cuatro iglesias de la capital granadina a fin de identificar todos los nacimientos bautizados de urgencia en 1990. Esto último porque, según los denunciantes, antes de la supuesta muerte del bebé, el hospital se negó a bautizarla arguyendo que “ya lo estaba”.

Tan sólo en la provincia de Granada se han denunciado 60 casos de supuesto bebés robados, la mayoría durante el franquismo y los años ochenta, y se han autorizado dos exhumaciones de cadáveres cuyos restos también se han declarado como inadecuados para análisis de ADN por parte del Instituto de Toxicología. De esta forma, ante la falta de pruebas, más de la mitad de las denuncias han sido ya archivadas. La fiscal jefe de Granada, Ana Tárrago, rechazó el pasado viernes las acusaciones vertidas por algunos de los afectados de falta de sensibilidad, asegurando que los “perjudicados y denunciantes me merecen todo el respeto” y “desde el principio los hemos atendido con mucho interés por su problemática humana”. Pero, a su juicio, “las investigaciones de la Policía no han podido concluir que en Granada existiera una trama organizada relacionada con la sustracción de niños o que algún centro sanitario o una persona en concreto apareciese relacionada siempre en estos casos”.

Sin embargo, los documentos a los que ha tenido acceso Periodismo Humano apuntan en otra dirección. El 6 de junio de 1990 Eduardo y Gloria acudían al Hospital Clínico de Granada por unas “leves molestias” y pérdida de líquido, tras un proceso de gestación de 38 semanas “absolutamente normal”, según consta en su denuncia primigenia en el Juzgado. En dicho documento la madre relata cómo una enfermera “me rompió la bolsa diciendo que esto ya está” y le advirtieron que existía “sufrimiento fetal”, a pesar de lo cual no le practicaron inmediatamente la cesárea. Cuando Eduardo preguntó el motivo se tal retraso se le comunicó que estaban esperando a que llegara el ginecólogo de iniciales A.F.M.P. Este mismo médico fue condenado en 1993 por la Audiencia de Granada a un año de prisión, suspensión de empleo y multa de 100.000 pesetas por los delitos de falsedad en documento público y suposición de parto en una adopción irregularidad en la que intervino en 1989, según detalla la sentencia a la que tuvo acceso este medio. Se trataba de una menor de Murcia que había quedado embarazada como consecuencia de los abusos sexuales a los la había sometido su padre. El ginecólogo, enterado de ello, convenció a la joven de que no abortara, sino que tuviera el hijo y lo entregara a un matrimonio de Alicante, también condenados en esta causa.

Ellos se hicieron cargo de “los gastos del embarazo y parto”, pero al nacer el niño los tres acusados decidieron inscribirlo en el Registro Civil como hijo propio, y no como adoptado, ocultando así su procedencia. En este caso no hubo sin embargo sustracción del niño mediante engaño ni pago por su adopción, más allá de esos “gastos de embarazo”. Por derivación de esta causa, la Fiscalía de Granada abrió en 1992 diligencias previas por posible compraventa de recién nacidos entre las provincias de Granada, Barcelona y Alicante, en al menos cuatro casos, pero las investigaciones no prosperaron. Eduardo y Gloria creen que ellos sí que fueron víctimas de esa supuesta red de tráfico de niños.

Hasta ahora, las investigaciones judiciales sobre el robo de bebés en nuestro país sólo han conseguido la imputación de la religiosa madrileña Sor María Gómez Valbuena, que al ser octogenaria difícilmente entrará ya en prisión, aún en el caso de ser condenada. Las asociaciones de afectados sospechan que las razones profundas de tantos obstáculos en la vía judicial sean la responsabilidad patrimonial a la que tendría que hacer frente el Estado en caso de demostrarse las adopciones ilegales en centros públicos y el hecho de que muchas personas implicadas tengan relación “incluso de parentesco” con altos cargos de gobiernos y partidos políticos.
Las estimaciones de las asociaciones de afectados y la investigación judicial realizada en su día por Baltasar Garzón apuntan a la sustracción, por represión política o por motivación económica, de decenas de miles de bebés en nuestro país entre 1940 y 1990. Por eso, Eduardo Raya considera que la imprescriptibilidad del delito no se debe sólo a que la detención ilegal tenga carácter permanente, sino que además se pueden considerar “delitos de lesa humanidad”, tipificado en el artículo 607 bis de nuestro Código Penal. Y ello porque “se ha producido un ataque sistemático y generalizado contra parte de la población civil (los recién nacidos y sus madres) negando la existencia de tal detección” o con “tortura grave sobre las personas que se encuentran bajo su control”.

“Qué más control que una embarazada anestesiada, qué mayor sufrimiento físico que hacerte una cesárea innecesaria, qué mayor sufrimiento psíquico que decirte que tu hija está muy malita, que se va a morir, se muere, te hacen pasar por un entierro, y ahora esto. Esto es inhumano, y aún teniendo hijos, nadie se imagina el sufrimiento que estamos pasando cuantos somos afectados por esta causa”, concluye Raya.

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